Socios
Forma parte de Guiñarte
Se establece una cuota única de alta a la Asociación Aragonesa de Guiñote de veintiún euros #21,00€# , independiente de la fecha de alta, Esta cuota de alta eximirá al asociado de la cuota anual de socio por el tiempo restante del año en curso, y se deberá abonar directamente por el nuevo socio,
La cuota anual de socio tendrá el mismo importe de veintiún euros #21,00€# y se pasará en un único pago durante los tres primeros meses de cada año de forma directa o indirecta según sea el caso.
Colaborar con la Asociación vendiendo nuestra lotería tiene ventajas.
Hazte gratis socio de número clic aquí.
El procedimiento para asociarte con nosotros se realizará:
1.1 Para alta de nuevos socios de número:
Rellenando el formulario anexo, enviando los siguientes datos personales obligatorios:
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Nombre y dos apellidos.
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D.N.I.
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Fecha de nacimiento.
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Domicilio.
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Localidad (Provincia).
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Email y teléfono de contacto.
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Tipo de socio.
Además y si así lo deseas, estaríamos encantados que nos dejarás una breve descripción de la motivación que te lleva a asociarte y los datos del bar o lugar donde juegas habitualmente o el nick que usas en juegos de guiñote.
1,2. Para socios numerarios con alta vigente:
+ De forma indirecta,
Rellenado el campo opcional "Número cuenta domiciliación cuotas" si desea domiciliar sus cuotas dejando a la Asociación el cargo anual de los recibos.
Puede domiciliar sus cuotas enviándonos también su número de cuenta a contactoaagg@gmail.com.
+ De forma directa.
Ingresando la cuota de socio correspondiente, en la cuenta propiedad de la Asociación Aragonesa de Guiñote en Caixa, poniendo como concepto "Nombre y Apellidos del asociado" + "Cuota de socio 202_".
CAIXA IBAN ES08 2100 5556 7702 0018 3522
A través de Bizum por el importe de la cuota anual al 60673015, poniendo como concepto "cuota de socio 202_".
A través del pago por tarjeta en el siguiente enlace de nuestra tienda:
guiñarte.es/product-page/socio-numerario.
El socio de pago obtendrá en todos los casos un carné personal con su nombre y número identificativo de socio y una insignia de socio/a para la App GuiñotePro. En años sucesivos el carné no será válido si no se ha satisfecho la cuota anual correspondiente.
El socio de número podrá participar gratis o en condiciones preferentes en todas las actividades organizadas por la Asociación. Del mismo modo podrá acceder a productos promocionales gratis o con descuentos.
El socio de número podrá estar informado por los canales de comunicación de la Asociación de todos aconteceres relacionados con el Guiñote y la Asociación.
El socio de número se integrará de manera responsable y directa nuestro proyecto de conservación y fomento del juego del guiñote siendo parte importante en nuestra comunidad.
TIPOS DE SOCI@S
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Soci@s fundadores: son aquellas personas que participaron en el acto de constitución de la asociación. Les corresponden los derechos y deberes que aparecen en estatutos.
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Soci@s numerari@s o de número: son los llamados socios y socias de pleno derecho u ordinarios, es decir los que al igual que los anteriores les corresponden los derechos y deberes que aparecen en estatutos.
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Soci@s honorari@s o de honor: son personas reconocidas o de prestigio que apoyan la labor de la asociación. Normalmente se les invita a actos destacados de la asociación con presencia de medios de comunicación. No tienen porque gozar de los derechos y deberes de los socios ordinarios o socias ordinarias.
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Soci@s protectores: son aquellos y aquellas que su aportación a la asociación es exclusivamente económica, por ej. Aportando una cantidad al mes, al año, No tienen los mismos derechos y obligaciones que los ordinarios u ordinarias.
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Soci@s colaboradores: son aquellos y aquellas que su aportación a la asociación consiste en realizar una labor para la misma (pueden ser de carácter puntual o pueden ser permanentes). No tienen los mismos derechos y deberes que los socios ordinarios o socias ordinarias.
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Soci@s usuarios/participantes: son los destinatarios y destinatarias de la asociación (niños, niñas, jóvenes, mujeres, hombres, jubilados y jubiladas, personas discapacitadas....) Estos socios o socias son quienes reciben o participan de las actividades de la asociación. A veces no necesitan ser personas socias ordinarias para poder recibir esos beneficios y pagan por la actividad usada. Otras veces es condición para poder participar en las actividades el ser socio ordinario o socia ordinaria, por lo que tendrán ,en ese caso, los mismos derechos y obligaciones que aquéllos y aquéllas.
En una asociación pueden combinarse varias de estas categorías a la vez: persona socia ordinaria y fundadora, socia ordinaria y usuaria, socia ordinaria y voluntaria, etc.
Lee el apartado Socios y rellena el formulario con los datos solicitados.
¡¡Házte miembro ahora mismo!!